lunes, 10 de diciembre de 2012

Empresas y Derechos Humanos (parte 3)



Por: Armando Pérez Araújo.
Aprovechemos lo escuchado en el Foro de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Empresas, realizado en Ginebra durante los días 4y5 de diciembre del presente año, magnífico escenario donde estuvimos algo más de mil personas provenientes o representando alrededor de 85 países. Para empezar, resaltemos que el Consejo de Derechos Humanos estableció este Foro anual sobre las empresas y los Derechos Humanos bajo la dirección del Grupo de Trabajo, para que interesados de todas las regiones —incluidos Estados, instituciones internacionales, organizaciones regionales, empresas comerciales, sociedad civil, personas y grupos afectados y otros interesados pertinentes— pudieran entablar un diálogo y una cooperación acerca de cuestiones relacionadas con las empresas y los derechos humanos a fin de alcanzar el objetivo de la aplicación efectiva e integral de los Principios Rectores. Concretamente, el Foro debía facilitar el examen de las tendencias y los problemas de aplicación de los Principios Rectores, incluidos los problemas de determinados sectores y ámbitos de operación o en relación con derechos o grupos específicos, así como la definición de buenas prácticas.
(tomado del texto de la plataforma organizativa del Foro)
En tal sentido nuestro aprendizaje a partir de este Foro no podrá ser otro que enfocarnos, principalmente, a plantear que se desarrollen de diferentes maneras las estrategias relacionadas con " el acceso a vías de reparación mediante mecanismos de reclamación a nivel operacional". Este interesante tópico será uno de los tantos asuntos que deberá constituir un avance como resultado de este privilegiado escenario de diálogo y cooperación multilateral de factores y actores.
Adicionalmente, concluyamos que tanto los Estados como las Empresas coinciden teóricamente en " la necesidad de mejorar el acceso de las víctimas de abusos cometidos por empresas a vías de reparación, tanto judiciales como extrajudiciales". Este punto no está en discusión, además, pertenece a la incorporación textual de los Principios Rectores sobre la Empresas y los Derechos Humanos.
Lo que también quedó claro, y ello constituyó una constante en las reflexiones y recomendaciones de los panelistas, es la necesidad de que los Estados afirmen y reafirmen su rol de autoridades obligadas a cumplir con las tareas de "prevenir, investigar, castigar y reparar los abusos mediante políticas adecuadas, actividades de reglamentación y sometimiento a la justicia". Repito, eso quedó claro, pues no sería honesto el Estado que reclame de las empresas protección y respeto sobre los Derechos Humanos, si sus diferentes niveles y órbitas (ejecutivo, legislativo y judicial) han suprimido de sus políticas la agenda relativa al cuidado de los Derechos Humanos de los ciudadanos. Y surgió, además, otra clara conclusión: que tampoco es honesto prescindir en el debate político del juicio a las autoridades encargadas de administrar y ejercer el control respecto a los poderosos recursos provenientes del ejercicio empresarial de las multinacionales, llámense impuestos o regalías. No se excluyen, pues, de éste examen de conciencia el Estado en sus diferentes niveles y esferas, las empresas y la ciudadanía en general, incluyendo en este último marco los dirigentes políticos y sociales regionales y nacionales.

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