BOMBA DE
TIEMPO (8)
No me produjo ninguna satisfacción haber descubierto el agua
tibia, es decir, haber comprobado en nuestro oportuno diagnóstico los
ingredientes de la creciente y explosiva crisis de la frontera con Venezuela,
particularmente del lado de La Guajira. Esa certidumbre y el sonoro rifirrafe
de la semana pasada entre presidentes y cancillerías nos dejaron varias
lecturas, destacando entre ellas el predominio del fenómeno jerárquico de los
medios de comunicación y redes sociales sobre el buen juicio que debería
imponerse en la orientación de los gobernantes de ambos lados. En consecuencia
se hace menester ahora, ratificarnos y profundizar en lo que creemos ha sido
esencial en el análisis, que es que al PUEBLO WAYUU le están faltando las
fundamentales garantías que, precisamente, se dice tiene la etnia en los
artículos de nuestra Constitución Política y en nuestro bloque de
constitucionalidad, para referirnos sólo a lo que corresponde a la parte
colombiana. Hoy no podemos prescindir del examen del respetable y atractivo
anuncio político del Presidente Maduro, a propósito de ordenar el cierre de la
frontera a la altura de Paraguachón, de aprovechar para luchar por las libertades
del pueblo indígena y acabar con sus problemas ancestrales y contemporáneos,
especialmente garantizarle su libre movilidad en territorio fronterizo. Suponiendo
que tanta belleza sea verdad, o sea, que ello ocurra de forma fluida,
correctamente, y se desarrolle de manera estricta, también la circunstancia nos
permitirá transparentar con mayor claridad el mismo punto de la siguiente
manera: en primer lugar, vamos a referirnos al quimérico paraíso prometido por
la doctrina social de Maduro, que convertiría el caótico territorio de hoy, en
soñado escenario de múltiples garantías y derechos, suponiendo que tanta
belleza sea verdad, insisto, y no hay razón para dudarlo. En segundo lugar, la
pregunta que necesariamente nos surge a borbotones es la siguiente: ¿qué pasará
con la otra parte, la parte del territorio étnico dominada por la jurisdicción
colombiana?. Ahí está el detalle, como dijera el célebre humorista mejicano,
pero cualquiera que sea la respuesta hallada no modificará muy poco las
conclusiones fáciles a que hemos llegado, a saber: a) se consolidará la ruptura
del territorio wayuu, así se prediquen y practiquen la cacareada libertad de
tránsito terrestre y otras garantías propias del pueblo indígena; b) se
fracturará aún más la integridad autonómica del pueblo wayuu y se estimulará el
creciente ritmo de la pérdida de la identidad colectiva del pueblo wayuu; y c)
la conclusión más importante de todas será que no habrá ninguna decisión
unilateral que sirva. Sólo podrán asegurarse temas como la autonomía, la
dignidad humana, la identidad étnica, la integridad territorial, en fin, la
seguridad jurídica del pueblo indígena, si todos estos derechos y garantías se
otorgan mediante la suscripción de un instrumento internacional vinculante.,
suscrito por los dos estados nacionales.
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